El presente trabajo tiene por objeto determinar si los delitos contemplados en los artículos 196 C y E de la Ley Nº 18.290 del Tránsito son, efectivamente, delitos de peligro abstracto o no, teniendo en consideración la aguda crítica que despiertan estas figuras en la doctrina en general. La posición del autor se orienta hacia una reinterpretación de estos delitos en clave de peligro concreto, única forma de respetar el principio de ofensividad.
This work is aimed at determining whether offences included in articles 196 C and E of Law No. 18.290 of the Traffic Law are, actually, crimes of abstract danger or not, considering the severe criticism these legal aspects arise in general. The author is focused on reinterpreting these crimes as real danger, the only way to respect the principle of injury.